RESOLUCION ADMINISTRATIVA N 000056-2024-OCP-GG-PJVIGÉSIMA TERCERA MODIFICACIÓN AL CUADRO MULTIANUAL DE NECESIDADES 2024 – 2026
La Unidad Ejecutora número 002 del Poder Judicial a través de la presente casación promulga una nueva modificación al Cuadro Multinacional de Necesidades, en el presente artículo, además de analizar los componentes de esta casación, haremos un breve análisis conceptual sobre cuál es la función en el derecho Administrativo del Decreto Legislativo N° 1439, además de sus diversas directivas y disposiciones que determinan le regulación presupuestaria del Sector Público.
ANÁLISIS MARCO NORMATIVO:
A: Decreto Legislativo N° 1439: “…del Sistema Nacional de Abastecimiento”:
Marco normativo que establece las pauses para la gestión de bienes, servicios y obras en el sector público peruano. Este decreto busca cumplir con los principios de economía, eficacia, eficiencia, oportunidad, predictibilidad, racionalidad, sostenibilidad y transparencia. Sus principales componentes y disposiciones son:
⦁ Optimizar la adquisición y uso de bienes, servicios y obras para maximizar el valor recibido por el gasto público.
⦁ Garantizar procesos abiertos y accesibles que permitan el escrutinio público y la rendición de cuentas.
⦁ Promover prácticas que aseguren la sostenibilidad ambiental y económica en las adquisiciones y gestiones de recursos.
⦁ Fomentar una gestión coordinada entre las diversas entidades del sector público para lograr una mayor coherencia en la ejecución de políticas y programas.
El Sistema Nacional de Abastecimiento tiene marco institucional robusto para asegurar su cumplimiento: El Ministerio de Economía y Finanzas y otras entidades son responsables de supervisar y regular el sistema, proporcionando directrices y asistencia técnica a las entidades del sector público. La Contraloría General de la Republica y otros organismos son los encargados del control externo. Cada entidad es responsable de la correcta implementación del sistema en su ámbito de competencia, además de su control interno, conforme a las normas.
⦁ Principales componentes del DL N° 1439:
⦁ Cuadro Multianual de Necesidades: Disposición normativa de actualización periódica, herramienta de planificación que prevé las necesidades de bienes, servicios y obras para un período no menor de tres años. Está sujeto a modificación según necesidades emergentes o disponibilidad presupuestaria.
⦁ Identificación y priorización de las necesidades en función de las metas y objetivos institucionales, asegurando que los recursos se utilicen de manera efectiva para cumplir con los fines de las entidades públicas.
⦁ Cadena de Abastecimiento Público, Gestión e integración de todas las etapas del proceso de abastecimiento, desde la planificación hasta la disposición final de los bienes, servicios y obras.
⦁ Establecimiento de directrices y normas para la regulación y estandarización de los procesos de adquisición, contratación y gestión de bienes, servicios y obras. Conforme a los principios de legalidad, eficiencia y transparencia.
B: RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0014-2021-EF/54.01: “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”
⦁ Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras:
Se identifica, cuantifica y valoriza las necesidades, este plan tiene un periodo mínimo de tres (03) años, a fin de lograr su previsión racional (principio de economía) y trazabilidad (rastreo, mantenimiento, transparencia y rendición de los activos en la gestión pública). Este plan determina los costos de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de los objetivos institucionales, el funcionamiento y mantenimiento de la Entidad del sector público u organización respectiva.
Las fases están programadas de la siguiente forma: Identificación, clasificación y priorización, consolidación y aprobación; culminando con la generación del Cuadro Multianual de Necesidades. La PMBSO se actualiza anualmente, siendo vinculantes las necesidades previstas para el primer año y referencial para los dos años siguientes.
⦁ Modificaciones al CMN:
La resolución directoral establece los siguientes criterios para establecer las modificaciones al CNM:
⦁ Solicitud de Modificaciones (27.2): Las modificaciones son solicitadas por el Área usuaria, basándose en el Anexo N° 05 de la Directiva, para incluir o excluir necesidades durante la ejecución del CMN.
⦁ Gestión y Aprobación (27.3): Las modificaciones son presentadas al Área encargada de la gestión del CAP, que gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad o el funcionario delegado, realizándose la aprobación el último día hábil de la semana mediante el Anexo N° 06 de la Directiva.
⦁ Aprobación Urgente (27.4): El0 Área usuaria debe justificarlo ante el Área de gestión de la CAP, que gestiona la aprobación como máximo al día siguiente hábil, utilizando también el Anexo N° 06 de la Directiva.
⦁ Publicación (27.5): Son publicadas en la sede digital de la Entidad del Sector Público dentro de los cinco días hábiles posteriores a su aprobación.
⦁ Proceso de Contratación (27.6): Para iniciar la contratación de bienes, servicios y obras identificados después de la aprobación del CMN, la Entidad del Sector Público debe contar con la aprobación de la modificación correspondiente.
ANALISIS DE LA CASACIÓN:
Artículo Primero. – FORMALIZAR la aprobación de la vigésima tercera modificación del Cuadro Multianual de Necesidades de la Oficina de Coordinación de Proyectos – Unidad Ejecutora 002 del Poder Judicial, del periodo 2024 – 2026, que en Anexo (Anexo 6: Directiva N° 0005-2021-EF/54.01) forma parte integrante de la presente resolución.
Los criterios de calificación son desarrollados conforme a lo sustentado en “Modificaciones al CNM”, estos son verificados por un Especialista en Logística y Asesor Legal. La sustentación de la modificación se da por medio de los informes técnicos y legales N° 000081-2024-LOG-UAF-OCP-GG-PJ y N° 00111-2024-AL-OCP-GG-PJ.
La solicitud es realizada por la Especialista en Logística, incluye la documentación sustentatoria que garantiza la disponibilidad presupuestaria. Esto es crucial para evitar futuros problemas financieros y asegurar que las necesidades de bienes, servicios y obras puedan ser cubiertas adecuadamente. Siguiendo los siguientes criterios:
⦁ Se garantiza una conformidad a la normativa vigente, siguiendo todos los procedimientos legales y administrativos establecidos.
⦁ Los informes técnicos y legales deben ser detallados y justificativos, asegurando que cualquier modificación se basa en criterios objetivos y bien sustentados.
⦁ La publicación de las modificaciones aprobadas garantiza que todas las partes interesadas puedan revisar y entender los cambios realizados en el CMN.
En conclusión, la casación de la resolución administrativa para aprobar la vigésima tercera modificación del Cuadro Multianual de Necesidades del periodo 2024 – 2026 de la Oficina de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial sigue un procedimiento bien establecido y fundamentado, con el fin de resguardar los fondos públicos y asegurar una correcta administración en la gestión pública. La conformidad con el Decreto Legislativo N° 1439 y la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 asegura que la modificación es legal, técnica y administrativamente adecuada. La documentación presentada justifica la necesidad y la disponibilidad presupuestaria, y la transparencia en la publicación de las modificaciones asegura la confianza pública en la gestión administrativa.
