ELEMENTO “FUNCIONARIO PÚBLICO” EN EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL – Casación 1781-2019, Áncash
El fundamento décimo estableció que el sujeto activo puede ser cualquier persona que pretenda el reconocimiento de un derecho o la solución de un conflicto, mismo que inducirá a error a un funcionario o servidor público bajo cualquier medio fraudulento.




