¿Qué determinó el Ministerio Público?
Desde nuestro estudio jurídico informamos a la opinión pública que, tras postular la inexistencia de imputación concreta y la absoluta falta de soporte probatorio en la denuncia formulada por el ciudadano José Luis Blanco Costilla, presidente del FREDELCO, la Fiscalía Provincial de Corrupción de Funcionarios dispuso el archivo liminar del caso, por carecer de elementos mínimos de convicción que permitan iniciar investigación penal alguna contra nuestros patrocinados, el alcalde provincial Santiago Cano La Rosa y funcionarios de su gestión.
Mediante Disposición Fiscal N.º 02, del 03 de junio de 2025, se determinó:
- Que no existe siquiera un nivel de sospecha simple, requisito mínimo para abrir diligencias preliminares, de acuerdo con la jurisprudencia obligatoria establecida por la Sentencia Plenaria Casatoria N.º 01-2017/CIJ-433.
- Que los delitos denunciados de colusión simple, negociación incompatible y hasta designación ilegal de funcionarios, carecen de elementos mínimos de convicción que justifiquen el inicio de investigación penal alguna.
- Que la denuncia no presentaba pruebas materiales, ni hechos verificables, ni identificó concertaciones o actos funcionales concretos. En base a ello, el Ministerio Público fue tajante al decretar el archivo liminar, cerrando el caso sin siquiera abrir una etapa preliminar de investigación.
Posteriormente, mediante la Providencia Fiscal N.º 02 del 19 de junio de 2025, la Fiscalía declaró consentido el archivo, al no haber sido impugnado por ninguna de las partes. El caso fue concluido con carácter definitivo.
CONCLUSIÓN JURÍDICA
- Esta decisión consolida la posición de nuestros defendidos:
- No existe imputación alguna por corrupción.
- No se vulneró norma penal alguna.
- Se descartó cualquier hipótesis de responsabilidad funcional.
Desde Rodríguez & Andrade, mantenemos nuestro compromiso con la defensa técnica, transparente y profesional de nuestros clientes, basada siempre en el respeto irrestricto al debido proceso, la legalidad y la verdad objetiva.


